Acta Constitutiva
“El escrito en
el que se de constancia de la iniciación de las actividades de el organismo”
PROTOCOLIZACIÓN ANTE EL NOTARIO
La protocolización es depositar el contrato ante un notario el que le
aconsejara y asesorará sobre que clausulas poner y determinara de acuerdo a las
intenciones de los asociados el objeto de la asociación ( a que se va a dedicar
y los alcances ) que personas tendrán la responsabilidad sobre las
determinaciones que se lleven a cabo, quienes pueden y en que forma participar
en la asociación y las normas sobre la participación social etc.
Aviso de Aprobación
ANTE LA SRE
De conformidad con lo que establecen los artículos 15 de
la Ley de Inversión Extranjera y 13 del Reglamento de la Ley de Inversión
Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, se requiere
permiso de la Secretaría de Relaciones Exteriores para la constitución de
sociedades.
Permiso de Constitución de la Sociedad
No hay comentarios:
Publicar un comentario